12 agosto 2026

DERECHO DE LAS OPERACIONES MILITARES Y DE LA POLICIA-PRIMERA PARTE

 


Conozca sus derechos como uniformado integrante de la fuerza pública

El Derecho Operacional consiste en el conjunto de normas que regulan la conducta a observar en el ejercicio de la función militar o de policía.

Principios básicos aplicables a las operaciones militares y de Policía los siguientes:

1.         Dentro de la estructura de la Fuerza Pública fue dispuesta u organizada de tal forma que sus actuaciones estuvieran regidas bajo unas reglas de naturaleza jerárquica; 
2.   El militar o policía está obligado a cumplir las órdenes de sus superiores, salvo excepciones concretas, mayormente relacionadas con las ordenes ilegitimas emanadas de sus superiores;
3.       El comandante debe velar que con las ordenes impartidas a su personal, no se ponga en riesgo de manera injustificada o no planeada, la vida e integridad del personal a cargo;
4.     Toda orden debe estar basada en la aplicación de los protocolos, normas de conducta que existen previamente para ejecutar cualquier tipo de acciones.
Conforme a lo anterior la Importancia de la Planeación y ejecución de las operaciones reside en que cumple unos propósitos encaminados hacia los siguientes objetivos: 

1.        Cumplir el propósito u objetivo esperado;
2.        Cuidar la seguridad y salud de su personal a cargo;
3.     Evitar al máximo el daño colateral (civiles, bienes no involucrados en la confrontación armada).

No todas las operaciones se enfocan en la guerra, pues ese concepto se extiende a otras operaciones que se requieren en tiempos de paz.

Lo que sucede cuando no se lleva a cabo, o se lleva a cabo de manera deficiente el Derecho Operacional, es que va a generar afectaciones al personal, a los bienes y procedimientos establecidos por la Institución Castrense, que se concretan en las siguientes:

1.        Fallas en entrenamiento de personal a cargo;
2.        Desconocimiento del Derecho Internacional Humanitario;
3.        Omisiones en planeación y desarrollo de las operaciones;
4.        Falta de precisión y claridad del objetivo a buscar.

El no aplicar derecho operacional, puede derivar en el inicio de procesos disciplinarios, penales y hasta patrimoniales en contra de los responsables.
 
 
 

LECCIONES LEGALES SOBRE LAS OPERACIONES DE POLICIA-TERCERA PARTE

 

Lecciones aprendidas del pasado. (3 parte)

El Estado colombiano ha sido condenado en múltiples ocasiones por fallas en la planeación, desarrollo o ejecución y la retroalimentación en operaciones militares y de policía adelantadas sin seguir los protocolos aplicables para cada evento, y se le ha obligado a indemnizar patrimonialmente a las víctimas de los efectos de la mala planeación de sus comandantes.

En el presente articulo analizaremos las implicaciones legales producto del análisis objetivo de la planeación en un caso muy conocido donde fallecieron estudiantes de la Policía Nacional.

Explosión de carro bomba preparado por el ELN, en la Escuela de Cadetes José María Córdova, en Bogotá D.C., el 17 de enero de 2019, donde fallecieron alrededor de 23 estudiantes para oficial de policía nacional.

En consideraciones del Tribunal Administrativo y del Consejo de Estado, se determinó y se logró dar por demostrado la existencia de las siguientes fallas, determinantes del acceso a la Escuela de Cadetes del carro bomba que termino impactando al interior de la Institución:

 

1.       1. no había caninos antiexplosivos, dispuestos a la entrada del complejo mencionado. 

2.       2. los espejos de inspección de la parte inferior de los vehículos estaban dañados o rotos.

3.       3. había fallas en el sistema de apertura automática de la puerta, desde hace años atrás, lo que obligaba a mantenerla abierta todo el tiempo, porque tocaba empujarla entre varias personas para abrirla y cerrarla.

4.     4. solo un patrullero estaba de guardia ese día en el sitio, cuando debía haber un numero bastante superior según los protocolos.

                                                            

La familia de uno de los fallecidos demando a la Institución, alegando la Falla del Servicio logrando que el Consejo de Estado indemnizara a toda la familia (padres, hermanos, tíos, abuelos) por el daño moral que sufrieron. Además, que, a los padres o abuelos, les otorgaron, por medio de una ley creada en el Congreso de la Republica para enmendar los graves errores, la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de sus hijos, o nietos.

25 febrero 2026

DRUMMOND, Y EL DESENLACE FINAL DE LOS PROCESOS EN SU CONTRA EN U.S.A., POR PRESUNTAS VIOLACIONES DE LOS DD.HH.


La empresa DRUMMOND acabó de superar exitosamente uno de los capítulos judiciales más complejos en su contra, con la reciente decisión emitida por un Tribunal Federal de los Estados Unidos de América, que la declaró inocente, el 20 de febrero de 2026, dentro de una demanda civil en su contra, en la que le solicitaban indemnizar a varias de las víctimas familiares de sindicalistas de la compañía supuestamente asesinados, con apoyo en grupos paramilitares de la región, hacia el año 2001.